Cambiar el titular de la luz, sin que te dé más vueltas
Lo tramitamos nosotros de principio a fin, con Endesa, Iberdrola, Naturgy o la compañía que tengas.
Te decimos qué documentación necesita tu caso concreto antes de que empieces a reunir papeles.
Te atendemos de 10:00 a 17:00. La consulta es gratuita y sin compromiso.
- Nos ocupamos del trámite
- Cualquier compañía
- Sin compromiso
Puedes hacerlo de dos formas
Por teléfono, ahora
Lo normal es resolverlo en la misma llamada: nos cuentas tu caso, te decimos exactamente qué papeles hacen falta y lo dejamos en marcha. Te atendemos de 10:00 a 17:00.
Online, sin llamar
Te explicamos cómo funciona la vía online, dónde suele atascarse y cómo dejárnoslo a nosotros para no tocar un formulario más.
Ver cómo hacerlo online¿Cuál es tu caso?
Casi todos los cambios de titular vienen de una de estas seis situaciones, y no dan el mismo papeleo. Mira cuál es la tuya, porque es lo que decide qué necesitas reunir:
Te has mudado de alquiler
El contrato sigue a nombre del propietario o del inquilino anterior. Lo que hay que acreditar es que tienes derecho a usar la vivienda.
Has comprado una casa
El suministro sigue a nombre del vendedor. Es el caso más limpio, y aun así conviene no dejarlo pasar meses.
Ha fallecido el titular
Hay que ponerlo a nombre de quien hereda o de quien vive allí. Es el caso con más documentación y donde más solicitudes se rechazan.
Divorcio o separación
El contrato tiene que quedar a nombre de uno solo. Suele ir ligado a lo que diga el convenio.
El titular ya no vive allí
No quieres seguir recibiendo facturas a nombre de otra persona ni depender de él para cualquier gestión.
Lo necesitas para un trámite
Para empadronarte, justificar la residencia o pedir una ayuda hace falta el contrato a tu nombre.
Cada uno de estos casos pide una documentación distinta, y ahí es donde se atasca casi todo el mundo: presentan lo que creen que hace falta, se lo devuelven a las dos semanas, y vuelta a empezar. Llámanos antes de reunir nada y te decimos qué necesitas exactamente en tu situación.
Cómo te ayudamos
Nos cuentas tu caso
Si es una compra, una herencia, un alquiler o una separación, y con qué compañía está el suministro. Con eso ya sabemos por dónde va.
Te decimos qué reunir
Una lista concreta para tu caso, no una genérica de internet. Es la diferencia entre que salga a la primera o que te lo devuelvan.
Lo presentamos y lo seguimos
Hacemos la gestión con la comercializadora y estamos encima hasta que está hecho. Tú no tienes que llamar a nadie ni esperar en ninguna cola.
- Asesoría energética independiente en Mairena del Aljarafe, Sevilla.
- Gestiones de luz y gas para particulares y empresas de toda Andalucía.
- Te decimos qué documentación hace falta antes de que empieces, sin coste.
Qué documentación necesitas
Hay una base que piden siempre, y luego un añadido que depende de por qué estás haciendo el cambio.
Esto te lo van a pedir siempre
- El CUPS del suministro - el código que identifica el punto de luz. Viene en cualquier factura anterior
- DNI o NIE del titular nuevo - en vigor
- La dirección exacta del suministro - tal y como figura en el contrato
- Un número de cuenta bancaria - para domiciliar las facturas
- Teléfono y correo del titular nuevo
Lo que cambia es lo que acredita que tienes derecho a estar ahí, y depende de tu caso:
Y esto cambia según tu situación
- Alquiler - el contrato de arrendamiento
- Compraventa - la escritura
- Herencia - la documentación que demuestre quién puede disponer del inmueble
- Separación o divorcio - lo que recoja el convenio
Aquí es donde se cae la mayoría de las solicitudes
No basta con presentar «algo»: tiene que acreditar exactamente lo que la comercializadora necesita ver. Antes de pedir cita, escanear nada o ir a buscar un papel al notario, llámanos y te decimos qué te van a pedir a ti.
Cómo se hace, paso a paso
El trámite tiene siempre la misma forma, sea cual sea la compañía:
Comprobar que el suministro está activo
Y no dado de baja. Es lo primero, y es importante por lo que explicamos justo debajo.
Reunir la documentación de tu caso
La base de siempre más lo que acredita tu situación concreta.
Solicitar el cambio
A la comercializadora con la que está el contrato.
La comercializadora valida
Aquí es donde se devuelven las solicitudes incompletas y el reloj vuelve a empezar.
Se confirma el cambio
Y llega el primer recibo ya a nombre del titular nuevo.
Revisar esa primera factura
Es donde aparece si algo ha quedado mal puesto.
O nos lo dices y lo hacemos nosotros
Es gratis y te ahorra los pasos 2, 3, 4 y 6. Tú sólo tienes que contarnos cuál es tu caso.
Cuánto tarda de verdad
Depende de dos cosas, y sólo una está en tu mano.
La que no depende de ti es la comercializadora: cada una tiene sus plazos y sus colas. La que sí depende de ti es que la documentación esté completa desde el primer envío, porque cada devolución reinicia el reloj y es lo que convierte un trámite de días en uno de semanas.
Por qué no ponemos aquí un número de días
El plazo que verás en otras webs es un promedio que no tiene en cuenta ni tu compañía ni tu caso. Te decimos por teléfono qué es realista con tu comercializadora concreta y qué es lo que más lo suele retrasar en tu situación.
Cuánto cuesta, y el error que sí cuesta dinero
El cambio de titular no conlleva derechos de alta. Nosotros tampoco cobramos por gestionarlo.
Cambiar el titular y dar de alta NO son lo mismo
El cambio de titular mantiene el suministro tal cual está y sólo cambia quién figura en el contrato y quién paga. El alta es para un suministro que está dado de baja, y ésa sí conlleva derechos de enganche y de extensión, que no son baratos.
La trampa: si nadie se ocupa del contrato y el suministro acaba dándose de baja, lo que era un cambio de nombre gratuito se convierte en un alta con sus costes. Pasa mucho en herencias y en pisos vacíos entre inquilinos. Si estás en esa situación, no lo dejes correr.
¿Se puede cambiar el titular si hay deudas pendientes?
Es una de las dos preguntas que más nos hacen, y la respuesta corta es que depende de quién deba qué. Conviene separar dos cosas que la gente mezcla:
Dos cosas distintas
- ¿Heredas tú la deuda? - no. La deuda es de quien firmó el contrato y consumió esa energía, no del suministro ni de la vivienda
- ¿Te tramitarán el cambio con deuda pendiente? - eso ya depende de la comercializadora, y cada una aplica su criterio
Por eso no podemos darte un sí o un no desde una página web: depende de la compañía, de cuánto se debe y de en qué situación está el contrato. Cuéntanos el caso y te decimos qué te vas a encontrar.
¿Y si el titular anterior no puede o no quiere firmar?
Mucha gente da por hecho que sin la firma del titular anterior no hay nada que hacer. No siempre es así.
Lo que la comercializadora necesita saber es que quien pide el cambio tiene derecho a usar ese suministro. La firma del anterior es una forma de acreditarlo, pero no es la única: un contrato de alquiler, una escritura o la documentación de una herencia también lo acreditan, según el caso.
La vía correcta depende del motivo
No es lo mismo que el titular anterior haya fallecido, que simplemente se haya marchado, o que haya un conflicto de por medio. Llámanos antes de intentarlo y te decimos por dónde se va en tu caso.
¿Me pueden cortar la luz mientras se hace el trámite?
Es la preocupación de casi todo el que está en mitad de un cambio de titular, y es razonable preguntarla.
Un cambio de titularidad es un trámite administrativo sobre un contrato que está activo: no implica desconectar nada ni tocar el contador. Lo que sí puede dejarte sin suministro es que el contrato se dé de baja por otro motivo mientras tanto, normalmente por impagos acumulados del titular anterior.
¿Pierdo el bono social si cambio el titular?
El bono social no se hereda con la casa
Va ligado a la persona y a su situación, no al suministro ni a la vivienda. Si cambia quien figura en el contrato, el descuento no se traslada solo al titular nuevo.
Lo que sí puede pasar es que al titular nuevo le corresponda por su propia situación, y entonces hay que solicitarlo a su nombre. Merece la pena mirarlo en el momento del cambio en lugar de meses después, porque es cuando ya estás con la documentación en la mano.
Te lo comprobamos gratis en la misma llamada. Si quieres ver antes qué situaciones suelen dar derecho, lo explicamos en la página del bono social de la luz.
Cómo se hace en cada compañía
El trámite es el mismo en todas, pero no la vía ni la documentación que te piden por defecto. Hemos escrito una página por compañía:
Si tu compañía no está en la lista, lo tramitamos igualmente. Dinos con quién tienes la luz y nosotros sabemos por dónde se hace.
Ya que se toca el contrato, mira estas dos cosas
Un cambio de titular es el mejor momento para revisar la potencia contratada y la tarifa, porque el contrato se está tocando de todas formas.
Es muy frecuente heredar una potencia que no tiene nada que ver con el uso que le vas a dar tú: la puso otra persona, para otra casa, hace años. Y la potencia se paga todos los meses, la uses o no. Si quieres hacerte una idea antes de llamar, tienes una orientación de qué potencia necesitas en un minuto.
¿Prefieres que te llamemos?
Déjanos tu nombre y tu teléfono y te llamamos para el cambio de titular. Si nos escribes fuera de 10:00-17:00, te llamamos en cuanto abramos.
Si prefieres no esperar, llámanos ahora.
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Preguntas frecuentes
- ¿Es lo mismo cambiar el titular que cambiar la domiciliación bancaria?
- No, y confundirlo es habitual. Cambiar la domiciliación sólo cambia la cuenta desde la que se paga; el contrato sigue a nombre de la misma persona, que es quien puede hacer gestiones y quien responde de la deuda. El cambio de titular cambia quién es el titular del contrato. Si lo que quieres es dejar de depender de otra persona para cualquier gestión, necesitas el cambio de titular, no el de domiciliación.
- ¿El titular del contrato tiene que ser el titular de la cuenta bancaria?
- No tienen por qué coincidir, pero conviene saber que la comercializadora puede pedir autorización del titular de la cuenta para domiciliar los recibos. Si en tu caso van a ser personas distintas, dilo al llamar y lo dejamos preparado desde el principio para que no te lo devuelvan.
- ¿Por qué me siguen llegando facturas a nombre del titular anterior?
- Lo más habitual es que el cambio no llegara a completarse: se solicitó, faltaba documentación y se quedó parado sin que nadie avisara. También puede ser que la factura corresponda a un periodo anterior a la fecha en que el cambio se hizo efectivo. Mándanos la factura o cuéntanoslo por teléfono y te decimos cuál de las dos cosas es.
- ¿Quién tiene que pedir el cambio de titular?
- Lo normal es que lo pida el titular nuevo, que es quien va a asumir el contrato, acreditando que tiene derecho a usar el suministro. En algunos casos el titular anterior también puede iniciarlo. Depende de la situación y de la compañía.
- ¿Hay diferencia entre subrogación y traspaso?
- Son dos formas distintas de que el contrato pase a otra persona, y algunas compañías las tratan de manera diferente en cuanto a documentación y condiciones. Para ti la diferencia práctica es qué papeles te van a pedir. Te decimos cuál aplica en tu caso cuando nos cuentes la situación.
- ¿Puedo cambiar el titular de una segunda vivienda o de un local?
- Sí. El trámite es el mismo, aunque en locales y suministros de empresa suele haber documentación adicional sobre la actividad o la sociedad. Lo hacemos igualmente.
- ¿Lo hacéis también para el gas?
- Sí, hacemos las mismas gestiones para el suministro de gas. Si tienes que cambiar los dos, se pueden llevar a la vez y te ahorras repetir documentación.
- ¿Puedo aprovechar para cambiar de compañía?
- Sí, y muchas veces conviene hacerlo a la vez para no duplicar trámites ni tiempos de espera. Ahora bien, no siempre sale a cuenta: depende de lo que tengas contratado ahora. Te lo decimos con números antes de tocar nada.
Cuéntanos tu caso y te decimos qué hace falta
Cinco minutos por teléfono y sabes exactamente qué documentación necesitas. Después lo tramitamos nosotros, con la compañía que sea.
O marca directamente el 614 702 597
